🏡 ¿Vas a firmar un contrato de arriendo? ✍️

De acuerdo a la Ley N.º 18.101, los contratos de arrendamiento que se celebren por escrito, las firmas deben ser autorizadas por un notario. 📄✅
Además, el notario debe verificar que el arrendador cuente con los títulos que lo habilitan para ceder el uso del inmueble. 🔍🏠

🤝 Un paso que entrega mayor seguridad y tranquilidad para ambas partes.

📍 ¡Te esperamos en nuestra Notaría para ayudarte con este y otros trámites!

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