Si eres arrendador, ojo con esto 👀

¿Sabías que los contratos de arrendamiento firmados en páginas o plataformas virtuales no sirven para acceder al procedimiento monitorio de la Ley “Devuélveme mi casa”?

Así es, en los contratos de arrendamiento regidos por esta ley que consten por escrito, las firmas de los contratantes serán autorizadas por un notario público, quien deberá solicitar los títulos que habiliten al arrendador a ceder el uso del inmueble respecto del cual recaiga el contrato.

Estos contratos autorizados ante notario constituirán un antecedente suficiente para ejercer la demanda monitoria 👉 Antes de arrendar, asegúrate de que tu contrato esté correctamente otorgado.

Un buen contrato hoy puede ahorrarte meses (y dolores de cabeza) mañana.

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