⚖️¿Puede un Notario autorizar una firma electrónica? ⚖️

🔍Sólo cumpliendo los siguientes requisitos:
– En su presencia y,
– Deberá dar fe de habérsele acreditado la identidad del firmante en los términos establecidos en el Código Orgánico de Tribunales.

👨‍⚖️Es importante que sepas que los siguientes actos no admiten firma electrónica:
– Actos o contratos en que se exige determinada solemnidad que no es susceptible de cumplirse mediante documento electrónico;
– Aquellos en que se requiera la concurrencia personal de alguna de las partes y
– Los relativos al derecho de familia.

⚖️ Es crucial estar informado para evitar confusiones en trámites legales. Si tienes dudas, puedes consultar a contacto@notariaortiz.cl

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